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Resolución N° 2084 Sobre Trazabilidad de Datos Para Regulados de la Ley 20.920, REP.

Lunes 20 de Marzo, 2025

Nueva Normativa de Trazabilidad y Reportabilidad Para Sistemas de Gestión
¿Estás Listo para la Reportabilidad Mensual?

La evolución normativa, representada por la Resolución N° 2084/MMA y la Resolución N° 2279/MMA, implica un cambio significativo en la gestión y reportabilidad de la información ambiental por parte de las organizaciones. Uno de los principios fundamentales que inspiran la Ley 20.920 es la trazabilidad, definida como el "conjunto de procedimientos preestablecidos y autosuficientes que permiten conocer las cantidades, ubicación y trayectoria de un residuo o lote de residuos a lo largo de la cadena de manejo" (Ley 20.920).

CAMBIOS CLAVE CON LA RESOLUCIÓN N° 2084/MMA

El 1 de enero de 2025 se publicó la última versión de la Resolución N° 2084/MMA, la cual deja sin efecto las resoluciones anteriores que regulaban el contenido de los informes de cumplimiento para los siguientes sectores:

NEUMÁTICOS: Res. N° 805/MMA
ENVASES Y EMBALAJES: Res. N° 1090/MMA

A partir de 2025, los sistemas de gestión deben informar a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sobre el cumplimiento de metas de recolección y valorización mediante informes que pueden ser certificados por auditorías externas. Esta medida busca regular el registro de datos asociados a la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), garantizando el principio de trazabilidad.


OBJETIVOS DE LA RESOLUCIÓN N° 2084/MMA

Orientar a los regulados en la recolección de datos necesarios para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones. Establecer la reportabilidad mensual de los datos recopilados. Definir el contenido obligatorio de los informes de cumplimiento.

¿CÓMO PROYECTA LA SMA EL CUMPLIMIENTO DE LA REPORTABILIDAD DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN?

Según lo descrito en la Resolución N° 2279/MMA, el cumplimiento de la reportabilidad de los sistemas de gestión se desarrollará en tres etapas:

1. ETAPA DE CATASTRO DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN ENERO 2025
La SMA habilitará el sistema para que los sistemas de gestión puedan registrarse.

2. ETAPA DE REPORTE DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN ABRIL 2025
Se habilitará el sistema de reporte para los meses de enero y febrero de 2025.En los meses siguientes, se continuará con los reportes mensuales, según lo instruido por la SMA.

3. ETAPA DE CATASTRO Y REPORTE DE CONSUMIDORES INDUSTRIALES JUNIO 2025
Se habilitará el sistema para que los consumidores industriales puedan registrarse. Se habilitará el sistema de reporte de los meses correspondientes al momento del registro. En los meses siguientes, continuarán los reportes mensuales según las instrucciones de la SMA.

CONSIDERACIONES PARA LOS PRODUCTOS

Los sistemas de gestión deben presentar sus informes a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema Sectorial SISREP (Ilustración 1). Esto implica que los productores asociados deben estar atentos a los plazos e instrucciones de sus respectivos sistemas de gestión.

En la actualización de la Resolución N° 2084/MMA, la Resolución N° 2279/MMA flexibiliza el proceso al agregar a los artículos 6° y 8° lo siguiente:

"Hasta la remisión del informe final de cumplimiento al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, el reporte mensual podrá ser rectificado o complementado tantas veces como sea necesario."

RECOMENDACIONES PARA UNA GESTIÓN EFICIENTE

Para evitar la acumulación de trabajo y garantizar la trazabilidad de los datos, recomendamos a los productores:

Actualizar mensualmente la información sobre lo puesto en el mercado.
Implementar procedimientos internos de recolección y validación de datos.
Aprovechar herramientas tecnológicas, como Circula D y soluciones innovadoras de BeLoop, para optimizar la gestión ambiental.

REFLEXIÓN

La Resolución N° 2084/MMA introduce cambios clave en la reportabilidad de datos y en la trazabilidad de residuos para los regulados de la Ley 20.920.

¿ESTÁ TU EMPRESA PREPARADA PARA CUMPLIR CON ESTAS NUEVAS EXIGENCIAS?

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FUENTES: 
Res. n° 2084/MMA:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1199515
Res n° 2279/MMA:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1209251
https://portal.sma.gob.cl/

Estefanía Díaz

Ingeniera Civil Ambiental
Jefa Técnica